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Permanentes
COMISIÓN DE DISCIPLINA Formada por D. Fco. de Borja Fernández Bodegas, Vocal primero, se encarga de velar por el cumplimiento de los deberes profesionales en el marco de la legislación vigente y de aplicar en su caso el régimen disciplinario y sancionador previsto en los estatutos COMISIÓN DE INSTALACIONES Y ADAPTACIÓN A LAS TECNOLOGÍAS Formada por D. Pablo Bustamante Esparza, Decano y Don Juan Carlos Ruiz Gutierrez, vicedecano se encarga de atender el mantenimiento, modernización y adecuación de las instalaciones colegiales a las necesidades demandadas por el conjunto de los profesionales para dar así un mejor servicio a sus colegiados, así como la adaptación a las nuevas herramientas de la información y a la aplicación de las nuevas tecnologías. COMISIÓN PARA EL CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LOS ACEPTOS Se trata de una Comisión externa, formada por miembros del colegio no pertenecientes a su Junta de Gobierno, y presidida por el Decano, D. Pablo Bustamante Esparza.
Composición, reglamentación y características
Siendo obligación del Procurador de conformidad con lo establecido en el artículo 14 /16º del Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales, R.D. 2.046/1.982 de 30 de julio, la de satisfacer las cargas obligatorias dispuestas entre otras por la Mutualidad General y por el del Consejo General de procuradores de los Tribunales de España, así como por acuerdo expreso de la Junta General del Ilustre Colegio de Procuradores de Bizkaia de fecha siete de julio de dos mil, se constituye la presente comisión con el único fin de garantizar la principal fuente de ingresos que tiene el Colegio que constituimos.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Comisión de Control, se constituirá por delegación de la Junta de Gobierno y que se encargará de realizar periódicos muestreos de los procedimientos presentados, a fin de verificar el correcto funcionamiento del sistema.
La Comisión de Control, funcionará como un sistema de corresponsabilidad, en el que se compartan los cometidos entre los miembros de la Junta de Gobierno y los colegiados que voluntariamente estuviesen dispuestos a formar parte de la misma, provenientes de cualquier partido judicial. y por un periodo de seis meses.
Esta Comisión procedería al estudio bien sea de oficio o a instancia de parte sobre las infracciones que se detecten teniendo esta la capacidad ejecutiva para poder estudiar los asuntos que se le planteen en el sentido de poder requerir a las partes implicadas para que aporten los documentos necesarios para realizar tal cometido, entendiéndose conforme con la denuncia caso de omitir o no responder a las solicitud de la Comisión
La Comisión queda obligada a informar sobre su actuación a la Junta de Gobierno con plazo bisemanal. Así como a dar cuenta a los colegiados que hayan presentado la correspondiente denuncia del resultado de la misma.
COMPOSICIÓN 1.- La composición de la Comisión será: a/ Un Presidente b/ Un Secretario c/ Ocho vocales, correspondiendo cuatro al partido judicial de Bilbao, dos al de Barakaldo y dos al de Getxo. Para el caso de que se estimase necesaria la ampliación de las actuaciones a los restantes partidos se crearían las correspondientes vocalías.
2.- Todos los cargos serán no remunerados, siendo la duración de cada actuación de seis meses.
PROCEDIMIENTO 3.- La comisión se reunirá, cuando menos, una vez cada quince días, previa convocatoria del Presidente.
4.- La comisión podrá obtener sus datos : a/ De la base de datos del Colegio. b/ De las puestas en conocimiento realizadas por los compañero, sean nominativas o no. A tal efecto se instalará un buzón en la sede del colegio a fin de recibir todas las sugerencias y comunicaciones. c/ Otros
5.- De las infracciones detectadas se dará traslado al interesado, para que en el plazo de dos días alegue lo que estime oportuno. Caso de no alegar nada, se entenderá que está conforme con los hechos, procediéndose directamente a colocar las pólizas en su correcta cuantía, a costa del procurador infractor.
6.- Caso de reiteración en la incorrección o ausencia de adhesión de pólizas de acepto, se procederá a la apertura del correspondiente expediente colegial, con la imposición de las sanciones establecidas estatutariamente.
RÉGIMEN SANCIONATORIO La Comisión dará cuenta de las infracciones detectadas, siendo cometido de la Junta de Gobierno la apertura de los expedientes sancionadores, imponiendo las sanciones establecidos por los Estatutos para el caso concreto
Tanto la omisión grave, como el reiterado incumplimiento de la adhesión de las pólizas de acepto podrán llevar a sanciones mayores que quedan por determinar y que podrían llegar hasta la expulsión del Colegio.
COMISIÓN DEL TURNO DE OFICIO Se encarga de atender las reclamaciones y quejas de los compañeros en el desempeño del turno de oficio, así como de velar por el cumplimiento de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, y de solventar todas aquellas cuestiones relativas al desempeño de la profesión en representación de los litigantes pobres.
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No permanentes
COMISIÓN PARA LA CREACIÓN DEL CONSEJO VASCO DE LA PROCURADURIA El decano Don Pablo Bustamante Esparza, La secretaria Doña Lorena Elosegui Ibarnavarro, el Vicesecretario Don Iñigo Olaizaola Ares y el vocal cuarto Don Jaime Villaverde Ferreiro, son los encargados de llevar a cabo esta tarea en coordinación con los Colegios de Guipúzcoa y Alava COMISIÓN PARA EL ESTUDIO DEL NUEVO ESTATUTO los anteriormente citados para la creación del CONSEJO VASCO DE LA PROCURADURIA así mismo y previa creación del Estatuto general de la Procura en el Pais Vasco, serán los encargados de adaptar los estatutos al proyectado por el Consejo Gral., de los Ilustres Colegios de Procuradores de España, así como a la Ley de Colegios profesionales y a la novedosa legislación vigente. |
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